Cuidamos tu hogar, incluso después de entregarlo

En Carpol entendemos que un hogar necesita respaldo, confianza y atención oportuna. Por eso contamos con un equipo de postventa encargado de atender solicitudes relacionadas con acabados, instalaciones y elementos constructivos dentro de los tiempos de garantía establecidos por la ley colombiana.

¿Qué cubre la garantía?

La garantía de su vivienda nueva está regulada por un sistema normativo integrado que la Constructora Carpol S.A.S. cumple en su totalidad:

  • Elementos estructurales: 10 años, por Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor) — Art. 8.
  • Acabados e instalaciones menores: 1 año por Decreto 735 de 2013 (hoy Decreto 1074/2015).
  • Sistemas hidrosanitarios y eléctricos: 1 año por Decreto 735 de 2013 (hoy Decreto 1074/2015).

¿Necesitas hacer una solicitud de garantía?

Te ofrecemos un proceso sencillo, transparente y acompañado. Solo debes diligenciar el formulario de postventa y nuestro equipo técnico evaluará tu caso.

La garantía de la vivienda cubre los defectos o fallas atribuibles a deficiencias de diseño, construcción, materiales o instalaciones ejecutadas por la Constructora Carpol S.A.S., siempre que se presenten dentro de los términos legales y contractuales aplicables.

La garantía comprende, entre otros:

  • Defectos que comprometan la estabilidad, resistencia o seguridad de la estructura de la edificación.
  • Fallas en las redes hidrosanitarias, eléctricas o instalaciones incorporadas por la constructora.
  • Deficiencias en acabados y elementos no estructurales entregados con el inmueble.

 La garantía no cubre daños ocasionados por uso indebido, falta de mantenimiento, modificaciones realizadas por el propietario o terceros, desgaste natural de los materiales, eventos de fuerza mayor o hechos ajenos a la responsabilidad de la constructora.

Para determinar la procedencia de una reclamación en garantía, recomendamos consultar y verificar previamente el cumplimiento de las condiciones establecidas en el Manual de Condiciones para la Operación de la Garantía, documento que contiene las obligaciones, mantenimientos preventivos, exclusiones y demás requisitos que deben observarse para la conservación y efectividad de la garantía del inmueble que se encuentra disponible en: www.constructoracarpol.com

De conformidad con la normatividad colombiana vigente, los términos de garantía son los siguientes:

Elemento

Que cubre

Plazo

Elementos estructurales

Cimientos, columnas, vigas, losas, muros de carga (Ley 400/1997)

10 años

Acabados e instalaciones menores

Pintura, estuco, enchapes, carpintería, cerrajería, elementos no estructurales

1 año

Sistemas hidrosanitarios y eléctricos

Redes eléctricas, hidráulicas, sanitarias y de gas del inmueble

 

1 año

Garantías y postventa: Se regirán por los términos establecidos en los artículos 13 y 14 del Decreto 735 de 2013, compilado en el Decreto 1074 de 2015.

El procedimiento está regulado expresamente por el artículo 13 del Decreto 735 de 2013:

  1. Reporte escrito obligatorio: Registre su solicitud a través del formulario de PQRS de este sitio (opción ‘Garantía Postventa’) o por escrito a nuestros canales oficiales
  2. Descripción del defecto: Indique con claridad la ubicación del daño, la fecha de detección y, si le es posible, adjunte fotografías o video del defecto.
  3. Acreditación de calidad: Aporte documento que acredite su condición de propietario o autorizado (escritura pública, promesa de compraventa, poder notarial).
  4. Constancia de recibo: Constructora Carpol S.A.S. entregara constancia de recepción de la reclamación como soporte del inicio del término legal.
  5. Visita técnica: Dentro de los 5 días hábiles siguientes, se realizará visita de verificación al inmueble para constatar el objeto del reclamo (Art. 13, Decreto 735/2013).

Recomendación: No realice intervenciones sobre el área afectada antes de la visita técnica. Modificar el defecto puede dificultar el diagnóstico y comprometer la cobertura de la garantía.

De conformidad con la normatividad colombiana vigente, los términos para emitir una respuesta serán:

Etapa del proceso

Término legal

Visita técnica de verificación

Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la radicación

Respuesta escrita — acabados y líneas vitales

Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la visita

Respuesta — afectaciones estructurales

Hasta 30 días hábiles siguientes a la visita, prorrogables por igual termino con notificación escrita

Ejecución de reparación (si aplica)

Según cronograma técnico comunicado formalmente al propietario

 

Si luego de la inspección técnica se determina que el defecto no está cubierto, la Constructora Carpol S.A.S. le notificara por escrito las razones técnicas y jurídicas. Las causales de no cobertura reconocidas por la SIC y la jurisprudencia son:

  • Deterioro por uso inadecuado o falta de mantenimiento del inmueble por parte del propietario.
  • Modificaciones o intervenciones no autorizadas realizadas por el propietario o terceros contratados por él.
  • Hechos externos no atribuibles a la construcción: fenómenos naturales extraordinarios, actos de terceros, instalación de elementos ajenos al inmueble original.
  • Vencimiento del plazo de garantía aplicable al elemento afectado.
  • Defectos cuya causa proviene de insumos, accesorios o equipos instalados por el propietario después de la entrega.

En estos casos, Carpol podrá, si usted lo solicita, presentar una cotización de reparación como servicio comercial no cubierto por garantía.